Alquiler temporario en CABA: quiénes deben inscribirse y qué multas hay
Resumen de la noticia
Desde febrero de 2025, plataformas como Airbnb, Booking y VRBO exigen el número de Registro de Alojamiento Turístico porteño antes de publicar una propiedad. No cumplir puede costar hasta $1.000.000 de multa.
Todo inmueble que se ofrezca en alquiler temporario turístico en la Ciudad de Buenos Aires —contratos de menos de tres meses— debe estar inscripto en el Registro de Alojamiento Turístico (RAT). Desde febrero de 2025, plataformas como Airbnb, Booking y VRBO exigen ese número de registro antes de permitir la publicación de una propiedad porteña.
El trámite es obligatorio y gratuito, y se realiza online a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD) del Gobierno de la Ciudad. Para unidades en propiedad horizontal hay dos condiciones adicionales: el reglamento de copropiedad no debe prohibir expresamente esta modalidad, y el propietario debe cumplir con las normas de convivencia del consorcio.
Una vez registrada la propiedad, la plataforma cobra al turista extranjero un 1,5% por persona por noche en concepto de derecho de uso urbano. El incumplimiento de la inscripción puede derivar en multas de hasta $1.000.000 y en la exclusión de la propiedad de las plataformas digitales.